Spanische anonyme Übersetzung des IPM (1750)
 
  Kollationsvorlage:
Abreu y Bertodano, Joseph Antonio de: Coleccion De Los tratados De Paz, Alianza, Neutralidad, Garantia ... Reynado del Sr. Rey D. Phelipe IV. Parte V. Madrid: Antonio Marin, Juan de Zuñiga, y la Vidua de Peralta 1750 (7: 2° Hist. Hisp. 484), 407-411.
 
 
 

hispanic 1750

 
 

Invocatio Dei, Präambel IPM

 
  En Nombre De La SS. è Individua Trinidad. Amen.

  
 Präambel  
   
 [IPM ± IPO]  Sea notorio à todos, y à cada uno de aquellos à quienes toca, ò de algun modo puede tocar. Despues que las discordias, nacidas muchos años hà en el Imperio Romano, y los movimientos civiles, se han aumentado tanto, que no solo han comprehendido à toda la Alemania, sino tambien à algunos Reynos muy cercanos, principalmente à la Francia, de tal manera, que se ha originado una continua, y cruel Guerra, primeramente entre el Serenissimo, y Poderosissimo Principe, y Señor el Señor Ferdinando II., electo Emperador de Romanos siempre Augusto, Rey de Alemania, de Hungria, de Bohemia, de Dalmacia, de Croacia, de Esclavonia, Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, de Bravante, de Styria, de Carinthia, de Carniola, Marquès de Moravia, Duque de Luxembourg, de la Alta, y Baxa Silesia, de Wi[r]temberg, y de Teck, Principe de Suevia, Conde de Habspurg, de Tiròl, de Kiburg, y de Goricia, Marquès del Sacro Romano Imperio, de Burgow, y de la Alta, y Baxa Lusacia, Señor de la Marca Esclavonica, de Puerto Naon, y de Salinas, &c. de inclita memoria, con sus Aliados, y Adherentes de una parte: y el Serenissimo, y Poderosissimo Principe, y Señor el Señor Luis XIII. Rey Christianissimo de Francia, y Navarra, de inclita memoria, y sus Aliados, y Adherentes de otra: y despues de la muerte de ambos, entre el Serenissimo, y Poderosissimo Principe, y Señor el Señor Ferdinando III. electo Emperador de Romanos siempre Augusto, Rey de Alemania, de Hungria, de Bohemia, de Dalmacia, de Croacia, de Esclavonia, Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, de Bravante, de Styria, de Carinthia, de Carniola, Marquès de Moravia, Duque de Luxemburg, de la Alta, y Baxa Silesia,. de Wi[r]temberg, y de Teck, Principe de Suevia, Conde de Habspurg, de Tirol, de Kyburg, y de Goricia, Marquès del Sacro Romano Imperio, de Burgow, y de la Alta, y Baxa Lusacia, Señor de la Marca Esclavonica, de Puerto Naon, y de Salinas, &c. con sus Aliados, y Adherentes de una parte: y el Serenissimo, y Poderosissimo Principe, y Señor el Señor Luis XIV. Rey Christianissimo de Francia, y Navarra, y sus Aliados, y Adherentes de otra; de que se ha seguido mucha efusion de sangre Christiana con la desolacion de muchas Provincias: Finalmente la Divina Bondad ha dispuesto, que por la mediacion de la Serenissima Republica de Venecia (cuyos consejos nunca han faltado al bien, y quietud pública en los mas turbulentos tiempos del Orbe Christiano) se haya pensado de ambas Partes en una Paz universal; y para este fin, por mutua convencion de las Partes, ajustada en Hamburgo à veinte y cinco, segun el estilo nuevo, ò à quince, segun el antiguo, de Diciembre del año de 1641., se señalò el dia once, (estilo nuevo) ò primero (estilo antiguo) de Julio de 1643. para el Congresso de los Plenipotenciarios, que se havia de celebrar en Munster, y Osnabruck:
Y assi, haviendo comparecido en el tiempo, y lugar señalado los Embaxadores Plenipotenciarios, legitimamente nombrados por ambas Partes, es à saber, por la del Emperador los Ilustrissimos, y Excelentissimos Señores el Señor Maximiliano, Conde de Trautmansdorff, y Weinsberg, Baron de Gleichenberg, Neostad sobre Kocher, Negau, Burgau, y Totzenbach, Señor en Teinitz, Cavallero del Toyson de Oro, Consejero secreto, y Camarero de la Sacra Cesarea Magestad, y Mayordomo Mayor de su Palacio: El Señor Juan Luis, Conde de Nassau, Catzenellebogen, Vianen, y Dietz, Señor de Belstein, Consejero secreto del Emperador, y Cavallero del Toyson de Oro; El Señor Isaac Volmar, Doctor en ambos Derechos, Consejero del Serenissimo Señor Archiduque Ferdinando Carlos, y Presidente de su Camara; y por parte del Rey Christianissimo el muy excelso Principe el Señor Henrique de Orleans, Duque de Longueville, y de Estouteville, Principe, y Conde Soberano de Neuchastel, Conde de Dunois, y de Tancarville, Condestable hereditario de Normandìa, y Gobernador, y Theniente General de la misma Provincia, y Capitan de cien hombres de Armas, Cavallero de las Reales Ordenes, &c.: y los Ilustrissimos, y Excelentissimos Señores el Señor Claudio de Mesmes, Conde de Avaux, Comendador de dichas Ordenes, uno de los Superintendentes de la Real Hacienda, y Ministro del Reyno de Francia; y el Señor Abèl Servient, Conde de la Roca de Aubiers, assimismo Ministro del Reyno de Francia, &c., con la intervencion, y auxilio del Ilustrissimo, y Excelentissimo Señor Luis Contarini, Cavallero Senador, y Embaxador de la Republica de Venecia, el qual ha servido de Mediador casi todos estos cinco años diligentemente, y fuera de toda parcialidad: despues de invocado el auxilio Divino, y solemnemente cambiados los mutuos Instrumentos de las Plenipotencias (cuyas copias estàn insertas al pie de la letra al fin de este Instrumento) en presencia, y con la aprobacion, y consentimiento de los Electores, Principes, y Estados del Sacro Romano Imperio; à gloria de Dios, y por el bien de la Republica Christiana, han consentido, y convenido en las mutuas condiciones de Paz, y Amistad del tenor siguiente.
 


Treaty 1648
Translations
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